martes, 2 de octubre de 2012

PROHIBICIÓN DE LA POBREZA EN PEREIRA

Pereira, septiembre 23 de 2012
A LA OPINIÓN PÚBLICA EN GENERAL

Con gran sorpresa y verdadera congoja hemos registrado el decreto 716 que el Alcalde de Pereira Enrique Vásquez Zuleta ha emitido con el fin de prohibir el ejercicio de la mendicidad y que las personas duerman es los espacios públicos de la ciudad. 
 No es la primera vez que las ciudadanas y ciudadanos de esta ciudad nos sorprendemos con medidas en contra de los habitantes de la calle que son más cercanas a la barbarie que a la civilidad; la ciudad que otrora se caracterizó por ser cívica hoy se mueve hacia la insolidaridad y la indiferencia con una franja de la población que es más víctima de un sistema excluyente y ausente de equidad, que llega a la calle en la mayoría de las veces por falta de opciones de vida digna, de trabajo, estudio e inclusión social y en muy pocos casos se instala en ella por una decisión libre y consciente. Una sociedad que justifica la muerte de las personas más pobres, una sociedad que se da el lujo de llamar “desechable” a un ser humano, es una sociedad no sólo indiferente sino con altas dosis de esquizofrenia y de incivilidad. 
 Por esto, los miembros del Comité Permanente por la defensa de los Derechos Humanos, RECHAZAMOS la medida del actual alcalde de la ciudad porque estamos convencidos y convencidas que en un país con un contexto social violento como el nuestro, dichas decisiones pueden estimular la barbarie y el exterminio de los más pobres entre los pobres a cargo de aquellos grupos que toman la justicia por mano propia. Al mismo tiempo, hacemos un llamado al pueblo pereirano a rechazar las medidas administrativas, pero sobre todo a reconstruir nuestra conciencia colectiva solidaria, cívica, incluyente, acogedora y humanista que nos caracterizó durante tanto tiempo. 


COMITÉ PERMANENTE POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS EN RISARALDA
(Fotografía. Obra de Martín Abad, en exposición "Callejeando". CPDH Risaralda y Alianza Francesa de Pereira-2006)

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